La Federación Argentina de Psicopedagogos está conformada por Colegios y Asociaciones de Psicopedagogos universitarios que representan a cada provincia y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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Reseña Institucional
El 17 de septiembre de 1982 se reúnen en la provincia de San Juan un grupo de profesionales del ámbito de la psicopedagogía con el objeto de constituir la Federación Argentina de Psicopedagogos (FAP).
La reunión fue convocada por el Colegio Profesional de Psicopedagogos de San Juan, bajo la Presidencia de la Prof. Marta Mosquera de Lerga, y en el mismo estuvieron presentes los delegados de las provincias de Buenos Aires, Río Negro, Misiones, Córdoba, Mendoza,San Juan y Entre Ríos; estableciéndose como domicilio legal de la entidad la provincia de San Juan.
En ese momento solo el Colegio de Psicopedagogos de San Juan, la Asociación de Psicopedagogos de Entre Ríos (representada por la Psicopedagoga María Inés Reynoso) y el Centro de Psicopedagogos de Córdoba (representado por la Prof. Silvana Lazzero) eran los únicos que estaban en condiciones de conformarla por poseer las condiciones legales para ello.
Hicieron su voto de adhesión y pasarían a integrar la Federación- una vez obtenida su propia personería jurídica- la Asociación de Psicopedagogos de la Provincia de Buenos Aires (San Miguel) representada por la Licenciada Elizabeth Calvo de Suzuki, el Colegio Profesional de Psicopedagogos de Río Negro( representado por la Prof. Irene Roldán de Tronelli), la Asociación de Psicopedagogos de Misiones( representado por la Prof. Graciela Satóstegui Rossi) y el Colegio Profesional de Psicopedagogos de Mendoza( representado por la Lic. Mirtha del Carmen López).
En el Acta Nº 1 se estableció esa fecha de fundación de la Federación como Día Nacional de Psicopedagogo.
En el Acta Nº 2(de fecha 1 de Abril de 1983) además de dar ingreso al Colegio de Psicopedagogos de Río Negro y a la Asociación de Profesionales de Psicopedagogía de Misiones, se discute y acepta el Reglamento Interno de la Federación y su Estatuto.
En sucesivas reuniones se trabajó sobre aspectos que era necesario modificar para el logro de la personería jurídica de la Federación y para el ingreso a la Confederación General de Profesionales, distinguiéndose por ejemplo, entre socios activos y adherentes, particularmente a partir de que algunos colegios o asociaciones incorporan a profesionales psicopedagogos con título terciario, siendo necesario para ingresar a la CGP que los asociados posean título universitario.
Tal como consta en el Acta Nº 6, y a partir de de una invitación del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, la presidenta de F.A.P. participó en la redacción de las Incumbencias del Psicopedagogo, Licenciado y Profesor en Psicopedagogía en el año 1984, las cuales se aprobaron por Resolución Nº 2473 el 2 de noviembre de 1984.
Por esos años se advierte también la necesidad de la sanción de leyes que regulen el ejercicio profesional de los psicopedagogos, a lo que las distintos colegios y asociaciones que conforman la Federación responden trabajando sobre ello en cada provincia.
Se insiste, así mismo, en la importancia de la colegiación en las distintas provincias, con la posibilidad de otorgar matrícula y ejercer el poder de control del ejercicio legal de la profesión.
FAP obtuvo Personería Jurídica, otorgada por el Gobierno de la Provincia de San Juan, por Decreto Nº 0485-G del 11 de abril de 1986 y las modificaciones del Estatuto Social se aprobaron por Decreto Nº 1293-G de fecha 1º de julio de 1991.
Desde sus comienzos, la FAP cumplió con su cometido de “cooperar en la estructuración legal del ejercicio profesional y colegiación” así como en “la representación de los psicopedagogos ante los organismos nacionales que tuvieran incumbencia en las áreas relativas al quehacer profesional psicopedagógico.”
Paulatinamente en algunas entidades provinciales se realizaron convenios con obras sociales y la actividad autónoma empieza a hacer sus aportes previsionales ante entidades creadas por leyes provinciales.
Otro punto que siempre estuvo presente en las discusiones al interior de la Federación, es en relación a la titulación, es decir, a la consideración o no de los títulos expedidos por Instituciones terciarias no universitarias.
Igualmente, se realizaron varios intentos con INOS y ANSAL, para la incorporación de la Psicopedagogía dentro del Nomenclador Nacional en el ámbito de la salud, lográndose dicha acción en el año 1991.
En ese mismo año se aprueba la reformulación del estatuto de FAP y como reza en las actas de la Federación con ello “se materializa un esfuerzo iniciado desde su fundación en San Juan, esfuerzo que, de alguna manera, condicionó las gestiones y la función de la FAP en estos años”.
Desde su fundación la Federación tuvo la intención de incorporarse como Entidad Activa a la Confederación General de Profesionales de la República Argentina (C.G.P.).
Fueron delegadas ante la misma la Lic. Elizabeth Calvo de Suzuki (1982-1984), Lic. María Cristina Blanco (1985-1987) y Prof. Marta Tessari (2001-2005). En la Asamblea Anual del año 2005, el Consejo de Delegados (máxima autoridad de la F.A.P.) decide suspender momentáneamente la participación en la C.G.P., dado que la participación en la misma insumía buena parte de los recursos económicos con los que se contaba en ese momento.
Por otro parte, el Ministerio de Salud de la Nación dicta la Resolución1337/2001, por la cual crea el Registro Nacional de Prestadores y estipula la inscripción obligatoria en ese registro por parte de los profesionales del ámbito de la salud. La mencionada resolución hace un listado de las profesiones, excluyendo entre otras, la psicopedagogía. Desde el momento en que se toma conocimiento de esta norma, desde F.A.P. se iniciaron gestiones para subsanar esta injusta e injustificada exclusión. Este reclamo contó con los argumentos irrefutables de que en los hospitales y centros de salud, tanto públicos como privados, el psicopedagogo forma parte del equipo de salud desde hace mucho tiempo.
Si bien en este momento se ha abierto dicho registro para los psicopedagogos, la Federación sigue reclamando la inclusión de los mismos en todas las normas que se dicten en el área de la salud.
Por otra parte, la Federación viene impulsando y acompañando el proceso de integración y organización en red de la Unidades Académicas en psicopedagogía. En este sentido se han llevado a cabo en el último tiempo encuentros nacionales que han contado con una importante participación de las universidades, quienes han expresado su especial interés en intensificar las relaciones colaborativas entre ellas.
Sintetizando acciones, podemos inferir que en la primera década de funcionamiento de la Federación se logró un marco institucional, se crearon las primeras leyes provinciales reconociendo el ejercicio profesional y, según criterios zonales, encomendando la habilitación y control a Colegios Profesionales creados a tal efecto o a autoridades gubernamentales.
En la segunda década, más allá de crisis y fracturas internas y externas, se trabajó fuertemente con el posicionamiento de nuestra profesión en los diversos ámbitos públicos y privados del país; así como se intentó responder a las nuevas demandas, interrogantes y situaciones que afronta la profesión en la Argentina, con intervenciones en las áreas de la salud y de la educación prioritariamente.
Proyección:
Ya que todavía hay jurisdicciones en nuestro país en las cuales nuestra profesión no cuenta con Ley de Colegiación, la F.A.P ofrece permanentemente el acompañamiento a las provincias que están trabajando en la reglamentación del ejercicio profesional, con vistas a que todas alcancen este necesario ordenamiento.
Otras de las tareas realizadas por la Federación en forma permanente se refieren a la sistematización de la información en torno al estado de la legislación sobre el ejercicio profesional de la psicopedagogía en el territorio de nuestro país. Dicha información contempla leyes y estatutos de todos los Colegios y Asociaciones, títulos habilitantes, duración de carreras, entidades provinciales que otorgan la matricula así como la recopilación de leyes provinciales y convenios de obras sociales de cada provincia.
También en forma anual y a través de Asamblea se establece el Arancel Mínimo Ético sugerido para todo el país.
Todos los años se trabaja también desde la Comisión Científica en la organización del Premio Anual de F.A.P que constituye un estímulo para la investigación y la escritura, ya que tiene como objetivos identificar y destacar las acciones de personas y/o instituciones que por su contenido promuevan el desarrollo de la psicopedagogía.
Mediante este premio se intenta generar un espacio de construcción de conocimientos para continuar en el camino de la jerarquización de nuestra profesión, favoreciendo el desarrollo del campo disciplinar a través de la difusión y el reconocimiento de producciones científicas, tecnológicas y artísticas que abordan nuestros objetos de conocimiento.
Teniendo en cuenta el recorrido histórico de numerosos profesionales que aportaron sus esfuerzos para la jerarquización de la psicopedagogía y las circunstancias actuales, puede sintetizarse que desde la Federación se abordan, investigan y discuten constantemente las problemáticas, inquietudes y desafíos que enfrenta el ejercicio de la profesión en el país; tomando las resoluciones y ejerciendo las acciones que se estimen convenientes en cada circunstancia.
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